Calculadora avanzada

Finiquito | Indemnización

⚙️ Además de los datos básicos, esta calculadora cuenta con herramientas técnicas avanzadas que permiten reflejar con mayor exactitud la realidad laboral.

La Calculadora Laboral es una herramienta útil para abogados, contadores o para área de recursos humanos que deseen hacer una estimación con un mayor detalles.

Se analizan horarios especiales y esquemas de trabajo no convencionales, así como la integración correcta del salario (SDI), tomando en cuenta prestaciones y percepciones que influyen directamente en el monto final del finiquito o indemnización.

Los cálculos se realizan conforme a la Ley Federal del Trabajo, buscando un equilibrio entre rigor jurídico y facilidad de uso.

Calculadora de Finiquito e Indemnización (LFT)

Jornada (art. 60), Comida (art. 63), Descanso (art. 69). Vacaciones (art. 76), Aguinaldo (art. 87), Prima de Antigüedad (art. 162; tope si SD > 2×SMG), Terminación por enfermedad no profesional (art. 54).

Sección 1: Datos Generales y de Jornada

Tipo de horario de trabajo

Selecciona la opción que mejor describa cómo se labora normalmente.

Semana personalizada por día

Marca los días que se laboran y captura horarios por día (ej. sábado medio turno).
Día Labora Entrada Salida Comida (h) Dentro
Lunes
Martes
Miércoles
Jueves
Viernes
Sábado
Domingo
*En este modo, los días de descanso se determinan automáticamente por los días no laborados.

Patrón de turnos (descanso fijo)

Configura la duración del turno y el descanso fijo posterior. El cálculo se realiza por ventana de análisis.
Horas en ventana: — Promedio semanal: — Ciclos: —
Secuencia (vista previa)
*Vista previa orientativa de la alternancia trabajo/descanso dentro de la ventana.

Duración efectiva: 9.00 h (0.00 h nocturnas)

Sección 2: Datos Salariales y de Integración

Ej. Bonos de puntualidad, premios de asistencia o cualquier otra percepción fija que no sea comisión.

Sección 3: Vacaciones (LFT art. 76)

Sección 4: Aguinaldo (LFT art. 87)

Sección 5: Otros ingresos

Sección 6: Deducciones

Sección 7: Modalidad para finalizar relación de trabajo

Sección 8: Resultados

Cálculo de finiquito/indemnización

DATOS GENERALES
CÁLCULO DE PROPORCIONALES
D E S G L O S E

Observaciones

    Reporte Técnico: Cálculo del Salario Diario Integrado (SDI)

    Objetivo y Fundamento Legal

    El Salario Diario Integrado (SDI) es la base indispensable para el cálculo de las **indemnizaciones laborales** (como los 3 meses de salario o 20 días por año) y se regula principalmente por la **Ley Federal del Trabajo (LFT)**, a diferencia del Salario Base de Cotización (SBC) que se rige por la Ley del Seguro Social (LSS).

    El **Art. 84 de la LFT** establece que el salario se integra con cualquier pago que se entregue al trabajador por su trabajo, mientras que el **Art. 89 de la LFT** lo define como la base para el pago de indemnizaciones.

    1. Determinación del Salario Diario Base de Liquidación (SDBL)

    El SDBL incluye todos los pagos fijos y variables regulares percibidos por el trabajador, calculados en su promedio diario.

    **Fórmula (SDBL):**
    SDBL = SD Fijo + Comisiones Diarias Promedio + Otros Fijos Diarios Promedio
    ConceptoMonto Diario

    2. Cálculo del Factor de Integración (FI)

    El Factor de Integración convierte el SDBL en SDI al añadir las prestaciones de ley proporcionales (Aguinaldo y Prima Vacacional).

    **Fórmula (FI):**
    FI = 1 + (Días Aguinaldo Anual / 365) + (Días Vacaciones Ley * Prima Vac. % / 365)

    3. Salario Diario Integrado Final (SDI)

    El resultado final es el SDI, la base máxima para calcular la indemnización conforme a la LFT.

    **Fórmula (SDI):**
    SDI = SDBL × FI
    Resultado FinalValor SDI Calculado
    SDI (Salario Diario Integrado)

    Jurisprudencia Aplicable (Art. 84 LFT)

    La **Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)** ha sostenido consistentemente que **toda prestación que se entregue al trabajador por su trabajo debe integrar el salario** para efectos indemnizatorios, sin admitir las exclusiones que sí permite la LSS para el SBC (ej. Bonos por asistencia que excedan el 10% del SBC, o la parte proporcional de vales de despensa).

    *Este reporte se genera con fines de soporte técnico y legal, y no sustituye la consulta con un especialista.*

    Nota técnica sobre prima dominical: La prima dominical se integra al Salario Diario Integrado por tratarse de una percepción regular prorrateada a base diaria, conforme al artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo. Para el presente cálculo, dicha integración no modifica la base salarial utilizada para vacaciones, aguinaldo ni prima de antigüedad, las cuales se determinan con el salario diario ordinario.