Formas en que finaliza una relación laboral individual

🤝 Comentario inicial:

En el ámbito laboral, las relaciones de trabajo no son permanentes.
Pueden concluir por voluntad, incumplimiento o causas ajenas a las partes.
La Ley Federal del Trabajo distingue dos formas principales de finalización: la rescisión y la terminación de la relación laboral.
Ambas tienen efectos legales distintos y consecuencias específicas para la Parte empleadora y la Persona trabajadora.


⚖️ 1. Rescisión de la relación laboral

La rescisión ocurre cuando una de las partes decide poner fin al vínculo porque la otra incumplió con sus obligaciones.
No se trata de un acuerdo, sino de una medida legal derivada de una falta grave.

📘 Fundamento legal

Artículos 46 al 52 de la Ley Federal del Trabajo 2025.


🔸 Rescisión promovida por la Parte empleadora (Artículo 47)

La Parte empleadora puede rescindir la relación sin responsabilidad cuando la Persona trabajadora incurre en conductas graves como:

  • Faltas de probidad u honradez.
  • Actos de violencia, injurias o malos tratos.
  • Faltas injustificadas de asistencia.
  • Negarse a cumplir órdenes o normas internas.
  • Presentarse ebrio o bajo el influjo de drogas, entre otras.

⚖️ Efectos legales cuando la rescisión tiene causa justificada

  • La relación de trabajo concluye sin responsabilidad para la Parte empleadora.
  • No procede indemnización, reinstalación ni salarios vencidos.
  • La Persona trabajadora conserva derecho a recibir su finiquito, que incluye:
    • Salarios pendientes,
    • Vacaciones y prima vacacional proporcionales,
    • Aguinaldo y demás prestaciones devengadas,
    • Prima de antigüedad, si cumple los requisitos del artículo 162.

⚖️ Efectos legales cuando la rescisión carece de causa o no se prueba

  • Si la Parte empleadora no acredita la causa o no cumple el aviso de rescisión, la ley presume despido injustificado.
  • En este caso, la Persona trabajadora tiene derecho a:
    • Reinstalación o indemnización constitucional (3 meses de salario),
    • Salarios vencidos hasta por 12 meses e intereses posteriores,
    • Prestaciones devengadas y proporcionales.
  • Fundamento: Artículos 48 y 50 LFT.

🔸 Rescisión promovida por la Persona trabajadora (Artículo 51)

La Persona trabajadora puede rescindir la relación sin responsabilidad cuando la Parte empleadora:

  • Engaña sobre las condiciones del trabajo.
  • Reduce injustificadamente el salario.
  • Incumple normas de seguridad o higiene.
  • Comete actos de violencia o malos tratos.
  • Afecta la dignidad o la integridad física o moral de la Persona trabajadora.

⚖️ Efectos legales

  • La relación termina por causa imputable a la Parte empleadora.
  • La Persona trabajadora tiene derecho a:
    • Indemnización de tres meses de salario integrado,
    • Prestaciones proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, etc.),
    • Finiquito correspondiente,
    • En algunos casos, 20 días por año de servicio si la reinstalación es reclamada y negada.
  • Fundamento: Artículos 50 fracción I y 51–52 LFT.

⚖️ 2. Terminación de la relación laboral

La terminación se da sin culpa ni incumplimiento de las partes.
Sucede por causas naturales, por voluntad mutua o por hechos ajenos a la conducta de ambas partes.

📘 Fundamento legal

Artículos 53 y 54 de la Ley Federal del Trabajo.


🔸 Causas de terminación

  1. Mutuo consentimiento entre la Parte empleadora y la Persona trabajadora.
  2. Muerte de la Persona trabajadora.
  3. Terminación de obra o vencimiento del plazo pactado en el contrato.
  4. Incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta que impida continuar trabajando.
  5. Causas colectivas previstas en el artículo 434 (por ejemplo, fuerza mayor o cierre definitivo de la empresa).

⚖️ Efectos legales

  • La relación de trabajo concluye sin responsabilidad para ninguna de las partes.
  • La Persona trabajadora tiene derecho a su finiquito, que comprende:
    • Sueldos pendientes,
    • Vacaciones y prima vacacional proporcionales,
    • Aguinaldo y prestaciones devengadas,
    • En su caso, prima de antigüedad si cumple los requisitos legales.
  • Si la terminación deriva de incapacidad física o mental no profesional, la Persona trabajadora tiene derecho a:
    • Un mes de salario y
    • Doce días de salario por cada año de servicios,
      conforme al artículo 54 LFT.

🧾 Resumen general

Forma de finalizaciónMotivo principalResponsabilidadDerechos de la Persona trabajadoraFundamento LFT
RescisiónIncumplimiento de alguna de las partesCon culpa de una de las partesIndemnización o finiquito según procedaArts. 46–52
TerminaciónHecho natural, mutuo o ajeno a las partesSin culpa ni responsabilidadFiniquito y, en su caso, prima de antigüedadArts. 53–54

💬 Conclusión

En síntesis, la rescisión sanciona un incumplimiento, mientras que la terminación refleja el cierre natural o acordado de la relación.
Conocer esta diferencia ayuda a ambas partes —Persona trabajadora y Parte empleadora— a ejercer y respetar sus derechos con claridad y justicia.


🧮 Cálculo de Finiquito | Indemnización

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